El valor unitario de la prestación por alimentación que se incluye en el renglón 631 "Prestaciones por Alimentación" será de N$ 4,90 (cuatro
nuevos pesos con 90/100) hasta el 30 de junio de 1980 y de N$ 20 (veinte
nuevos pesos) a partir del 1º de julio de 1980, debiendo permanecer congelado este valor.