APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BHU. EJERCICIO 1980




Promulgación: 10/09/1980
Publicación: 22/09/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Agrégase al artículo 46º de las Normas Presupuestales lo siguiente:
   Los complementos establecidos en este artículo y en el artículo 48 serán liquidados en tanto que adicionados al sueldo y demás retribuciones de carácter permanente, excluída la prima por antigüedad, no superen el importe correspondiente al grado 53 de la Escala Patrón Unica. Para los funcionarios cuyo sueldo básico se determine por el grado 51 y superiores de la Escala Patrón Unica, el tope corresponderá a la retribución de la categoría inmediata superior.
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