CAPITULO II
Población participante, intervenciones, recepción de obras, transferencia
de la propiedad
Artículo 14
Propuestas de intervención.- La Unidad Operativa Central recibirá
propuestas de territorios potencialmente calificables para la
intervención, tanto de los Organismos Públicos, Gobiernos Departamentales,
instituciones privadas, como de la población organizada, sin perjuicio de
las intervenciones que se realicen a iniciativa de la Unidad Operativa
Central, las que serán elevadas al Poder Ejecutivo, para su aprobación en
el marco del programa anual con las prioridades de intervención e
inversión del Plan.