REGLAMENTACION DE LA EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE INTEGRACION SOCIO-HABITACIONAL JUNTOS




Promulgación: 29/12/2011
Publicación: 18/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1872
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.829 de 24/10/2011.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
Población participante, intervenciones, recepción de obras, transferencia
de la propiedad

Artículo 17

 Suscripción del convenio colectivo territorial.- Cuando se trate de
intervenciones en padrones con ocupaciones colectivas, antes de iniciar
las actividades de construcción y de seguimiento de políticas sociales, se
censará a la población, confeccionando en base a dicho relevamiento las
fichas sociales y se convocará a participar a los núcleos familiares
potencialmente participantes que residan dentro de los límites de dicho
territorio, a firmar un convenio colectivo territorial con la Unidad
Operativa Central.
Este convenio indicará los derechos y deberes que asume cada parte
respecto a la intervención del Plan en el territorio seleccionado.
Los núcleos familiares participantes que no suscriban el citado convenio
no tendrán derecho a los beneficios que otorga el Capítulo VII de la ley
que se reglamenta, pero no serán excluidos de los programas sociales que
implemente el Plan o que se coordinen con otros Organismos Públicos y con
los Gobiernos Departamentales en los territorios.
Ayuda