CAPÍTULO I
Unidad Operativa Central: estructura y funcionamiento
Artículo 2
De la Unidad Operativa Central dependerá el equipo técnico
interdisciplinario que cumplirá las competencias asignadas por el art. 7
de la ley que se reglamenta y que será responsable de las siguientes
áreas:
- Área Técnico Operativa que cuenta de un área social y un área
física (arquitectura) y de la que dependen los equipos técnicos
del territorio.
- Área de Planificación, Evaluación y Monitoreo (RUPP).
- Área Contable Administrativa.
- Área Jurídico Notarial.
- Área de Comunicaciones e Informática.