Las partidas que se detallan a continuación no serán de carácter
limitativo:
- Grupo 1 "Bienes de Consumo", renglón 1.3.9 "Otros (Impresión de Billetes
y Acuñación de Monedas)", para cubrir los gastos de impresión y/o
reimpresión de billetes y/o papel moneda, adquisición de papel de
seguridad para la confección de valores públicos y gastos de acuñación de
monedas.
- Grupo 2 "Servicios No Personales", renglón 2.6.6. "Comisiones Bancarias
y De Cambio", para las comisiones por operaciones con corresponsales y
otros gastos bancarios, renglón 2.6.1. "Impuestos directos" y renglón
2.6.3. "Tasas y otros", para el pago de impuestos, tasas y contribuciones
del Gobierno Departamental a cargo del Ente.
- Grupo 6 y 8 "Intereses y otros gastos de la deuda" y "Aplicaciones,
financieras", para cubrir los gastos por concepto de amortizaciones,
intereses y comisiones en moneda nacional y extranjera a cargo del Banco
Central del Uruguay.
El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con sus reales necesidades,
dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.