APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2008




Promulgación: 15/10/2008
Publicación: 24/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1517

CAPITULO II - PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO

Artículo 16

 Autorízase a la Dirección General de Casinos a, abonar a sus
funcionarios, becarios y pasantes, una suma mensual por gastos de
alimentación. Fíjase en $ 1.748 (pesos uruguayos un mil setecientos
cuarenta y ocho) el monto de la misma, estando expresada dicho importe a
precios de 1° de enero de 2007.

Dicho monto se ajustará en igual oportunidad e índice, que los aumentos de
salarios dispuestos por el Poder Ejecutivo, estando expresado su valor a
precios de 1º de enero de 2007.

La partida prevista en el presente artículo, no se incluirá para el
cálculo de ningún otro beneficio, salvo el aguinaldo.

A partir del 1/12/08, los becarios y pasantes no tendrán derecho a la
percepción de la citada partida.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 40.
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