APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2008




Promulgación: 15/10/2008
Publicación: 24/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1517

CAPITULO II - PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO

Artículo 17

 Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios,
becarios y pasantes, una prima por Asistencia Social de $ 1.004 (pesos
uruguayos un mil cuatro) mensuales, sujeta a montepío y que se ajustará, a
partir de la aprobación del presente Decreto en igual oportunidad e
índice, que los aumentos de salarios dispuestos por el Poder Ejecutivo,
estando expresado su valor a precios de 1º de enero de 2007.

La partida prevista en el presente artículo, no se incluirá para el
cálculo de ningún otro beneficio, salvo el aguinaldo.

A partir del 1/12/08, los becarios y pasantes no tendrán derecho a la
percepción de la citada partida.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 40.
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