CAPITULO II - PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO
Artículo 29
Créanse 13 cargos de Asistente Universitario II, Esc. B, Grado 22, para
regularizar la situación de funcionarios de las Areas: Comercial,
Administración General, Administración Financiera y Jurídica, que teniendo
los requisitos legales para acceder al citado Escalafón, desempeñan a
juicio de las respectivas Areas y de la Dirección General de Casinos, las
tareas correspondientes a dicho cargo.