APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2008




Promulgación: 15/10/2008
Publicación: 24/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1517

CAPITULO II - PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO

Artículo 9

 Autorízase a la Dirección General de Casinos a conceder:
9.1.- Hasta 15 becas, a favor de estudiantes de Institutos Oficiales,
Universidad del Trabajo del Uruguay y de Institutos Habilitados, en las
condiciones y por los períodos que estime necesarios y para que actúen en
las dependencias que determine dicha Dirección General.
9.2.- Hasta 4 pasantías, a favor de egresados de la Universidad de la
República o Universidades privadas habilitadas, de carreras con un mínimo
de cuatro años de duración curricular, para actuar en la materia propia de
sus respectivas profesiones, en las condiciones y por los períodos que
estime necesarios.

Para la designación de becarios y pasantes, deberá cumplirse previamente,
con un procedimiento de selección, que dé garantías de objetividad e
imparcialidad a los postulantes.
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