Visto: la gestión del Banco de la República Oriental del Uruguay,
solicitando se modifique el Plan de Inversiones Públicas 1982, aprobado
por decreto 10/982, de 15 de enero de 1982.
Resultando: que la modificación solicitada implica la incorporación del
Proyecto 004 "Ampliación y renovación de flota vehicular" al Programa 2.01
"Administración General" del Inciso 51 "Banco de la República Oriental del
Uruguay" dotándolo presupuestalmente con N$ 3:200.000.00 con financiación
a cargo de Recursos Propios.
Considerando: I) Que se configuran razones que justifican la
incorporación y ampliación solicitadas a efectos de reducir el elevado
costo de mantenimiento de la flota vehicular de que dispone;
II) Que dicha incorporación se ajusta a lo previsto por el decreto
592/981, de 27 de noviembre de 1981;
III) Lo establecido por los artículo 11, 13, 15 y 19 del decreto 10/982
citado.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión, por la División Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y
Finanzas y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase el Plan de Inversiones del año 1982 en el Inciso 51 "Banco de
la República Oriental del Uruguay" en N$ 3:200.000.00 (nuevos pesos tres
millones doscientos mil).
ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - CARLOS A. MAESO - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D.
TOURREILLES - JUAN A. CHIARINO ROSSI - LUIS A. CRISCI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA