CREACION DE COMISION TECNICA DE ENERGIA DEPENDIENTE DE LA OPP




Promulgación: 07/11/1994
Publicación: 21/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1415

Artículo 4

  La CTE estará compuesta de tres miembros (un Presidente y dos Vocales)
designados por el Poder Ejecutivo: uno propuesto por el Ministerio de
Industria, Energía y Minería, uno propuesto por el Ministerio de Economía
y Finanzas y uno propuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

  Sus integrantes deberán: ser profesionales universitarios con
experiencia en materia de energía, en el ámbito público o en el privado,
nacional o internacional y presentar antecedentes que demuestren
independencia de criterio que asegure la objetividad e imparcialidad
necesarias para la aplicación de las normas derivadas del marco legal y
reglamentario.
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