APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 1992




Promulgación: 13/10/1992
Publicación: 10/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 14

   El Ente podrá disponer de hasta 340 U.R. anuales por concepto de
Quebranto de Caja y reglamentará su aplicación afectándolo a aquellos
funcionarios que manejen dinero o valores asimilados por su naturaleza y
convertibilidad a efectivo en forma directa y permanente y proporcional al
tiempo en que ejerzan las funciones.
     Las U.R. fueron cotizadas al valor de una U.R. N$ 12.902,00. Su
valor se ajustará automáticamente al momento de la ejecución. 
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