Fíjase en $ 1:225.000,oo (pesos uruguayos un millón doscientos
veinticinco mil) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio
correspondiente al año 2002 para las personas físicas y sucesiones
indivisas.-
Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso
anterior.- (*)