MODIFICACION DECLARACION DE INTERES NACIONAL DE LA REESTRUCTURACION DE LAS INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA. BENEFICIOS A FAVOR DE PROYECTOS DE INVERSION




Promulgación: 30/12/2011
Publicación: 19/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1960
Referencias a toda la norma
VISTO: los Decretos N° 663/008, de 22 de diciembre de 2008, N° 552/009 de
7 de diciembre de 2009, N° 212/010 de 14 de julio de 2010 y N° 13/011 de
19 de enero de 2011.-

RESULTANDO: que las normas referidas en el visto declararon promovida al
amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, por un
período determinado, la actividad de reestructuración de entidades de
intermediación financiera, realizadas mediante la transferencia a título
universal de activos y pasivos, siempre que se cumplan determinadas
condiciones.-

CONSIDERANDO: conveniente extender el período en el cual rige la
declaratoria de interés nacional y los beneficios otorgados, y ampliar los
referidos beneficios.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°
16.906, de 7 de enero de 1998.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 663/008 de 22/12/2008 artículo 2 inciso 
3º).

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 663/008 de 22/12/2008 
artículo 3.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, archívese.-

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
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