FIJACION DEL MINIMO NO IMPONIBLE DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO. EJERCICIO 1982




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 25/01/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1179
 Visto: el artículo 29 del Título 8 del Texto Ordenado 1982.

 Considerando: que el artículo 2º de la ley 15.342, de 3 de noviembre de
1982, autoriza al Poder Ejecutivo a no efectuar el ajuste del mínimo no
imponible del Impuesto al Patrimonio correspondiente al Ejercicio 1982.

 Atento: a lo expuesto,

                      El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en N$ 645.000.00 (nuevos pesos seiscientos cuarenta y cinco
mil), el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio para el Ejercicio
1982, para las personas físicas y sucesiones indivisas.

Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso
anterior.

ALVAREZ - WALTER LUSIARDO AZNAREZ
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