REGLAMENTACION DE LA LEY 14.900, RELATIVA A LA DECLARACION JURADA DEL PATRIMONIO DE GOBERNANTES Y FUNCIONARIOS SUPERIORES




Promulgación: 05/09/1979
Publicación: 12/09/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 532
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.900 Derogada/o de 31/05/1979.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

  La declaración jurada patrimonial (original y copia) se presentará en
sobre cerrado y lacrado, el que deberá entregarse personalmente, o por
persona autorizada al efecto por el interesado, en la Secretaría
Permanente del Consejo de Seguridad Nacional, contra recibo expedido por
ésta en que conste debidamente la fecha de presentación.

 El sobre será blanco y de tamaño oficio, debiendo lucir en su exterior el
nombre del declarante y el cargo que ocupa. En el momento de la
presentación, la Oficina receptora agregará constancia de la fecha
respectiva.
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