REGLAMENTACION DE LA LEY 14.900, RELATIVA A LA DECLARACION JURADA DEL PATRIMONIO DE GOBERNANTES Y FUNCIONARIOS SUPERIORES




Promulgación: 05/09/1979
Publicación: 12/09/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 532
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.900 Derogada/o de 31/05/1979.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  Las declaraciones juradas complementarias a que se refiere el artículo
4.o de la ley 14.900, deberán ser confeccionadas y presentadas en la forma
señalada precedentemente.

 A los efectos indicados en el citado artículo, se entenderá por
"alteración real" del patrimonio del declarante, el aumento o disminución
efectivos de sus bienes patrimoniales, y no el mero cambio en el valor
nominal de los mismos.
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