Exhórtase a los Entes Descentralizados no comprendidos en el
Presupuesto Nacional y a las Administraciones Municipales a adoptar por
decisiones internas el Clasificador aprobado por este decreto a partir del
1º de enero de 1984.
El Poder Ejecutivo apreciará, en el ejercicio de sus potestades de
contralor, el modo como se cumple la exhortación que precede.