MODIFICACION AL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL Y REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LAS INDUSTRIAS NAVALES




Promulgación: 17/12/2007
Publicación: 27/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1449

Artículo 21

 Desde su instalación y mientras se utilice un andamio de cualquier tipo,
la empresa deberá mantener en el lugar de trabajo la siguiente
documentación: memoria de cálculo y descriptiva del andamio firmada por la
empresa y un profesional responsable (Arquitecto, Ingeniero Civil,
Ingeniero Industrial, Ingeniero Industrial Mecánico, Ingeniero Mecánico o
Naval).
Dicha documentación deberá estar a disposición de la Inspección General
del Trabajo, cuando así la requiera.
En la mencionada memoria deberá constar:
- Fecha.
- Razón social.
- RUC de la empresa responsable por la instalación y uso del andamio.
- Ubicación del lugar de trabajo.
- Uso y características del andamio (empalmes, arriostramientos,
sujeciones, etc.).
- Estudio de cargas y de resistencia principalmente de las partes de la
estructura a la que estará unido el andamio (cálculo detallado de los
diferentes elementos estructurales con especificación de los coeficientes
de seguridad, contrapesos, ménsulas, grilletes, tablas, plataformas de
trabajo).
- Se indicarán puntos sistemas de sujeción y altura mínima para el uso
obligatorio del cinturón de seguridad.
- Planos o croquis: en dicha documentación gráfica se detallará el
dimensionado de todos los elementos estructurales resistentes para la
sustentación del andamio así como el de la plataforma de trabajo y de sus
barandas. Si el tipo de andamio proyectado lo requiere se especificarán en
secuencia de montaje y/o desmontaje y/o condiciones especiales de
utilización.
Sin perjuicio de que la memoria de cálculo lo defina, se incorporará a los
planos un detalle especial e independiente estableciendo las condiciones
máximas de uso del andamio referidas a estabilidad y resistencia en
función de las diferentes hipótesis de utilización previstas.
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