MODIFICACION AL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL Y REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LAS INDUSTRIAS NAVALES




Promulgación: 17/12/2007
Publicación: 27/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1449

Artículo 27

 En caso de que los andamios sean arrendados por la empresa a personas o
firmas arrendadoras de andamios, será de cargo del arrendador la
presentación de la documentación establecida en el art. 20 ante la
Inspección General del Trabajo y será de su cargo la responsabilidad del
estado de conservación del andamio, y que su construcción y armado en obra
responda al proyecto y cálculo presentado. El arrendatario será
responsable del buen uso del andamio.
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