EQUIPOS DE ELEVACION Y PLATAFORMAS DE TRABAJO MOVILES
Artículo 29
A los efectos de la presente normativa se consideran dos tipos de
plataformas móviles:
a) Se entiende por guindola la plataforma móvil con un punto para ser
suspendida, y que es independiente del equipo de elevación que la
suspende.
b) Se entiende por canasta la plataforma móvil sostenida que forma parte
integral de un equipo de elevación.