DELEGACION EN EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA LA INVESTIGACION, DESARROLLO Y FORMACION EN EL USO DE LA ENERGIA SOLAR TERMICA




Promulgación: 22/02/2012
Publicación: 01/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 249

Artículo 3

 Encomendar a la DNE del MIEM a:
1.     Coordinar con los laboratorios locales el desarrollo de capacidades
       de ensayo en Uruguay, tanto en los aspectos relacionados a
       eficiencia energética como para los aspectos relacionados a la
       calidad y seguridad de los colectores y sistemas de EST.
2.     Seleccionar el equipamiento de EST a ser incluido en el Plan Solar
       por razones técnicas.
3.     Establecer especificaciones técnicas para el correcto diseño y
       ejecución de las instalaciones de EST.
4.     Seleccionar los Responsables Técnicos de la Instalación de EST a
       ser incluidos en el Plan Solar según lo estipulado en el Decreto N°
       451/011 de fecha 19 de diciembre de 2011 reglamentario de la Ley N°
       18.585 "Energía Solar Térmica".
5.     Definir los aspectos relacionados al mantenimiento y garantía que
       deberán cumplir los equipamientos de EST.
6.     Elaborar en conjunto con UTE un sistema de información del Plan
       Solar que pueda ser consultado por los usuarios finales y les
       permita obtener información relativa a la cuota a pagar, estimación
       del ahorro, período de repago de la inversión, información técnica
       del equipamiento solar y demás datos útiles.
7.     Coordinar actividades de capacitación para fortalecer el
       conocimiento de los temas relacionados a las instalaciones de EST.
8.     Evaluar la aplicación de beneficios económicos promocionales, que
       permitan facilitar el acceso de las familias a esta tecnología.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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