EXTENSION DEL CARACTER DE EXPORTADOR A LOS EFECTOS DEL IVA, A LAS OBRAS QUE SE REALICEN EN LOS AERODROMOS PUBLICOS ADUANEROS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 27/12/1983
Publicación: 10/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1369
Derogada/o por: Decreto Nº 39/990 de 31/01/1990 artículo 118 Derogada/o.
  Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
Uruguaya.

  Resultando: que la misma solicita que el régimen dispuesto por los
artículos 1 y 2 de la resolución del Poder Ejecutivo 702/982, de fecha 2
de setiembre de 1982, se extienda a los aeropuertos de Carmelo, Soriano,
Paysandú, Maldonado, Rivera, Salto y Aeropuerto Angel S. Adami

  Considerando: I) Que la mencionada resolución acordó el carácter de
exportador a los efectos del Impuesto al Valor Agregado a los contratistas
de la Dirección General de Aeronáutica (DGIA) por las obras con entregas o
no de materiales servicios y aprovisionamiento de bienes destinados al
cumplimiento de las obras de infraestructura que el referido organismo
realice dentro de los Aeródromos Públicos de Laguna de Sauce y Carrasco,
en base al artículo 3 del decreto 666/979, de 19 de noviembre de 1979, que
exoneró de ese gravamen a la circulación de bienes y prestación de
servicios en recintos aduaneros, zonas francas y depósitos francos;

II) Que corresponde extender lo dispuesto por la resolución 702/982 a los
aeropuertos referidos en el Resultando por cuanto éstos poseen las mismas
características de los comprendidos en aquéllas;

III) Que los aeropuertos para los cuales se solicita la extensión de la
Resolución 702/982 tienen la categoría de aeródromos públicos aduaneros
Aeropuerto Aduanero de Carmelo (Departamento de Colonia) por decreto del
Poder Ejecutivo 61/968, de 11 de enero de 1968; Aeropuerto Departamental
de Soriano "Ricardo De Tomasi" por resolución del Poder Ejecutivo 27.766,
de 20 de diciembre de 1960; Aeropuerto Angel S. Adami
(Melilla,departamento de Montevideo) por resolución s/n de 4 de diciembre
de 1936; decreto 117/982, de 30 de marzo de 1982, decreto 758/975, de 9 de
octubre de 1975; Aeropuerto Departamental de Paysandú por resolución del
Poder Ejecutivo 1606, de 17 de mayo de 1955; Aeropuerto Departamental de
Maldonado (Punta del Este) por decreto del Poder Ejecutivo 123/966, de 15
de marzo de 1966; Aeropuerto Departamental de Rivera (Cerro Chapeas) por
decreto del Poder Ejecutivo 10.179 de 18 de setiembre de 1947 y
Aeropuerto Departamental de Salto (Nueva Hesprides) por decreto del
Poder Ejecutivo 10.179, de 18 de setiembre de 1947.

  Atento: a lo informado por el Comando de la Fuerza Aérea, la Asesora
Fiscal de la Dirección General Impositva, la División Técnico-Financiera
y las Asesoras Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas,

                    El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 500/983 de 27/12/1983 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 500/983 de 27/12/1983 artículo 2.

ALVAREZ  - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JUSTO M. ALONSO
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