VISTO: el Decreto Nº 113/992, de 1º de abril de 2002, que estableció
requisitos especiales de financiación para las importaciones de ciertos
bienes originarios o procedentes de la República Argentina.-
RESULTANDO: que continúan vigentes las medidas que determinaron la
sanción del Decreto aludido en el Visto.-
CONSIDERANDO: conveniente, en consecuencia, restablecer en todos sus
términos lo dispuesto por el Decreto mencionado.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por los artículos 2º de la Ley
Nº 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 5º del Decreto-Ley Nº 14.988, de
7 de enero de 1980.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 95/003 de 13/03/2003 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 502/002 de 12/12/2002 artículo 1.