AUMENTO SALARIAL PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS. SETIEMBRE 1991




Promulgación: 13/09/1991
Publicación: 21/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 724

Artículo 3

    Los Organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de
la República adecuarán las remuneraciones de sus funcionarios, a  partir
de la misma fecha y de acuerdo a los mismos porcentajes establecidos en
los artículos anteriores. 
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