Las asignaciones de las partidas que correspondan a "Incentivos por
Retiro (Grupo 0); Impuestos nacionales y Municipales (Grupo 2), y Versión
de Resultados (Grupo 5), no tendrán carácter limitativo, por lo que el
Directorio del Organismo podrá adecuar sus montos de acuerdo a las
erogaciones efectivamente realizadas, dando cuenta a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.