MINERIA - TITULOS MINEROS




Promulgación: 17/09/1991
Publicación: 13/01/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 343
   Visto: el artículo 124 in fine del decreto reglamentario del Código de
Minería Nº 110/82 del 26 de marzo de 1982, por el que se establece que la
fecha cierta de caducidad frente a terceros es la correspondiente a la
inscripción en el Registro.

   Considerando: que ante eventuales consultas sobre la norma citada,
corresponde precisar su alcance.

   Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la Dirección
Nacional de Minería y Geología y a lo dispuesto en el artículo 123,
numeral 10 del Código de Minería,

                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

 Agréguese al artículo 124 in fine del decreto reglamentario 110/82 del 
26 de marzo de 1982, lo siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

AGUIRRE RAMIREZ - AUGUSTO MONTESDEOCA
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