APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2005




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 28/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1518
Referencias a toda la norma

TITULO V
DISPOSICIONES COMUNES
B) TODAS LAS CLASES Y NUCLEOS FUNCIONALES

Artículo 51

 En el marco del Proceso de Reestructura, el Directorio autorizará las
transformaciones y adecuaciones necesarias en los cargos y las
consiguientes trasposiciones entre el renglón "099.001 - Previsiones para
Eventuales Ajustes por Reestructura" y el renglón "011.000 - Sueldos
Básicos de Cargos Presupuestados", con el fin de atender las
modificaciones de carácter funcional que respondan a la implementación de
la nueva estructura orgánica del Banco.

Los ajustes que se originen por dicho motivo, deberán ser comunicados a
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en cada oportunidad que el
Banco curse las adecuaciones presupuestales, referidas en el artículo 53°
de estas Disposiciones, detallando los mismos con su justificación
técnica y económica.

La presente previsión regirá en el ejercicio 2005, ajustada al grado de
desarrollo que imponga el cambio organizacional del Banco.
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