TITULO V
DISPOSICIONES COMUNES E) REESTRUCTURA DE GESTION Y ORGANIZACION DEL B.R.O.U.
Artículo 65
Para la eliminación de las vacantes generadas se atenderá a lo dispuesto
en los convenios salariales vigentes y a las instrucciones que imparta la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto en lo que sea conciliable con los
primeros.