EXONERACION DE TRAMITES A LAS CAJAS DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS Y NOTARIALES REFERENTES A SUS PRESUPUESTOS DE GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 01/10/1980
Publicación: 14/10/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 714

Artículo 2

  Las dos personas públicas no estatales referidas deberán dar
cumplimiento a los extremos requeridos por la resolución del Poder
Ejecutivo 618/969 elevando los presupuestos respectivos al Poder Ejecutivo
(Ministerio de Trabajo y Seguridad Social), previo los trámites de
aprobación dispuestos por sus cartas orgánicas.
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