Facúltase al Banco de Previsión Social a implementar un programa de becas
para hijos de funcionarios de acuerdo a lo siguiente:
- Hijos de funcionarios que revisten en el Interior del país:
comprenderá a los funcionarios que, habiendo solicitado ingreso al Hogar
Estudiantil que administra ATSS, no hallen cupo en el mismo y se
trasladen en forma permanente a realizar estudios terciarios a
Montevideo. Comprenderá hasta 50 becas por un monto de hasta 1 BPC por
beca.
- Hijos de funcionarios que revisten en Montevideo: comprenderá a los
hijos de funcionarios que habiendo solicitado ingreso a la Guardería que
administra el BPS, no hallen cupo en la misma. Comprenderá hasta 100
becas cuyo valor será equivalente al que se determina en el Art. 15 del
presente Decreto.
Este programa será financiado total o parcialmente con el 50% de los
ahorros que se produzcan en los gastos de bienes de consumo generales del
organismo. El Directorio reglamentará la presente disposición.