MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE UNIFORMES DEL EJERCITO




Promulgación: 30/12/1996
Publicación: 15/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1319
  Visto: estos antecedentes por los cuales el Comando General del Ejército
solicita la unificación del distintivo a otorgar a los integrantes del
Ejército Nacional que participen en Misiones Operativas en el Exterior, ya
sea en el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas o de otro
Organismo Internacional.

  Resultando: I) que el Ejército Nacional no prevé en su Reglamento de
Uniformes (R. G. 29-4) aprobado por el Decreto 686/991 del 17 de
diciembre de 1991, el otorgamiento de distintivos para este tipo de
misiones.

II) que por el Decreto 86/995 de 20 de febrero de 1995, se otorgaron
distintivos únicamente a los integrantes de los Batallones "Uruguay" I y
II al Servicio de la Organización de las Naciones Unidas.

  Considerando: que el otorgamiento de dicho distintivo no impide el uso
del otorgado por la Organización de las Naciones Unidas u otro Organismo
Internacional.

  Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                   El Presidente de la República

                          DECRETA:

Artículo 1

  Sustitúyese el numeral 4.8.6.16 y sus parágrafos del Reglamento de 
Uniformes del Ejército (R.G. 29-4) aprobado por Decreto 686/991 de 17 de 
diciembre de 1991, en la redacción dispuesta por el artículo 3 del 
Decreto 86/995 de 20 de febrero de 1995, los que quedarán redactados de 
la siguiente manera:  (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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