Por esta única oportunidad y como consecuencia de la Reestructura
Orgánica y de Cargos y Funciones Contratadas, el Directorio podrá
autorizar el cambio de Escalafón de aquellos funcionarios que reúnan los
requisitos necesarios para ello, operándose éste al último grado del
Escalafón de destino pero manteniendo la totalidad de las retribuciones de
su cargo y/o función contratada grado-nivel que percibían en su Escalafón
de origen a la fecha de la Resolución, en caso de ser aquéllas inferiores
a éstas.
La diferencia entre la retribución del cargo y/o función contratada de
origen y la del cargo y/o función contratada y grado-nivel de destino, se
abonarán con cargo al subgrupo de "Compensaciones", y la misma será
absorbida por los futuros ascensos que se produzcan.