APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1991




Promulgación: 20/10/1992
Publicación: 30/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 55

     El Directorio de las Obras Sanitarias del Estado, podrá conceder otras compensaciones especiales a sus funcionarios con el límite máximo del renglón 061.304.- Este concepto se incrementará en ocasión y en el mismo porcentaje en que lo hagan los salarios de la actividad pública. 


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