Decreto N° 517/007
EXCEPCION DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA POLICIA NACIONAL, DEL TOPE LIMITE DE RETRIBUCIONES
Promulgación: 27/12/2007
Publicación: 09/01/2008
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 2007
- Página: 1638
Artículo 2
Lo dispuesto en el artículo anterior, regirá para todas las liquidaciones
de haberes que se realicen a partir del 1° de diciembre de 2007.
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