TITULO I - DEFINICIONES CAPITULO III - DE LA EVALUACION, REGISTRO Y CALIDAD
Artículo 56
Control de Calidad: Entiéndese por control de calidad los
procedimientos destinados a comprobar que el producto ha sido realizado
utilizando las prácticas de correcta elaboración y que se ajusta a las
normas que establezca la reglamentación respectiva con la finalidad de
asegurar su eficacia y adecuada inocuidad durante el plazo de validez
establecido en su presentación. (*)