En todos los actos y contratos relativos a inmuebles regidos
por el régimen de la propiedad horizontal y comprendidos en las normas de
la ley Nº 16.760, las exigencias instrumentales se adecuarán a lo
dispuesto por el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 14.261 de 3 de setiembre
de 1974, sus modificativos y concordantes.