Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 309.
Artículo 9
Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir a la
Corporación Nacional para el Desarrollo los montos habilitados para los
ejercicios 2007 y 2008 del artículo 309 de la Ley N° 18.172, de 31 de
agosto de 2007.