APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1994




Promulgación: 24/11/1993
Publicación: 13/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

 
   La liquidación de la Prima por Nacimiento, Prima por Matrimonio y Hogar
Constituido se realizará sobre la base de la declaración jurada del
interesado y presentación de la documentación probatoria que se le exija.
   El funcionario deberá poner en conocimiento de la administración toda
alteración de las circunstancias que generan el derecho a este
beneficio.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
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