REGULACION DE LOS DEPOSITOS ADUANEROS PARTICULARES




Promulgación: 31/12/2001
Publicación: 04/01/2002
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1891
Derogada/o por: Decreto Nº 216/006 de 10/07/2006 artículo 28 Derogada/o.
Referencias a toda la norma
VISTO: lo dispuesto por el artículo 180º de la Ley Nº 16.736, de 5 de 
enero de 1996, al artículo 95º y siguientes del Código Aduanero y a los 
Decretos Nº 199/990, de 3 de mayo de 1990 y Nº 331/992, de 16 de julio de 
1992.- 

RESULTANDO: I) que a pesar del carácter restringido de esta normativa, se 
constata la existencia de un importante número de depósitos aduaneros 
cuya regulación resulta actualmente insuficiente e imprecisa.-

II) que los citados depósitos son empleados con variedad de fines incluso 
como espacios físicos conexos a centros de recepción y de distribución de 
mercaderías.-

CONSIDERANDO: I) conveniente que dichos depósitos aduaneros posean un 
régimen jurídico propio y especial que contemple su situación, bajo una 
disciplina clara y uniforme que delimite su instalación y 
funcionamiento.-

II) que es también conveniente consagrar normas que reglamenten de manera 
adecuada el régimen aduanero a que queda sometida la mercadería 
almacenada en depósitos aduaneros de acuerdo a la ley y al sistema de 
autorización bajo el cual se otorga la franquicia territorial.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:

DE LOS DEPOSITOS ADUANEROS PARTICULARES Y EL REGIMEN DE SUS MERCADERIAS
CAPITULO I - DEFINICIONES

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 526/001 de 31/12/2001 artículo 1.

BATLLE - ALBERTO BENSION
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