APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL. EJERCICIO 1996




Promulgación: 31/12/1996
Publicación: 22/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1371
Referencias a toda la norma

Artículo 10

            El Banco de Previsión Social extenderá el horario de labor de
sus funcionarios de treinta a cuarenta horas semanales. Dicha extensión
horaria será optativa para el funcionario. También podrá conceder
extensiones horarias superiores a cuarenta horas semanales, cuando
las necesidades del servicio así lo requieran.
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