Las trasposiciones entre distintos programas tendrán
vigencia hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se
autorizan y tendrán las siguientes limitaciones:
a) Solo podrán servir como reforzantes, partidas que tengan
asignación de carácter anual y no sean estimativas.
b) Las trasposiciones dentro del rubro 0 "Retribución de Servicios
Personales", solo podrán efectuarse entre renglones de igual
denominación condicionadas a:
1. Que solo se trasponga hasta el monto del crédito disponible
y no comprometido;
2. No podrán trasponerse renglones de los subrubros 0.1, 0.2 y
0.3.
c) No podrán hacerse transferencias de rubros entre Programas de
distinta naturaleza.