TRANSPORTE AEREO. POLICIA AEREA NACIONAL




Promulgación: 19/11/2009
Publicación: 25/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1646
Referencias a toda la norma
VISTO: lo dispuesto en el Decreto 497/008 de 20 de octubre de 2008 por el
cual se creó la Comisión Interinstitucional encargada de proyectar el
marco jurídico que regulará la actuación coordinada de los organismos que
integran la misma y de establecer un protocolo de actuación de éstos.

CONSIDERANDO: I) que ante la próxima puesta en funcionamiento del nuevo
Aeropuerto Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso" resulta
necesario proceder a aprobar el Protocolo de actuación referido, para
optimizar las funciones de las distintas dependencias actuantes en dicho
aeropuerto.

II) que por Decreto 267/003 de 1ro. de julio de 2003 se aprobó el Programa
Nacional de Seguridad de la Aviación Civil.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas reglamentarias
invocadas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                   - actuando en Consejo de Ministros -

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Será competencia exclusiva del Ministerio de Defensa Nacional - a través
de la Policía Aérea Nacional - el control, vigilancia y seguridad de la
totalidad del espacio aéreo jurisdiccional de la República y de toda la
infraestructura aeronáutica, así como las aeronaves estacionadas en el
Aeropuerto Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso".

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA - GONZALO FERNANDEZ - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - RAUL SENDIC - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
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