El huésped o pasajero está obligado a exhibir su documentación personal
(Cédula de Identidad, Credencial Cívica, Pasaporte o el documento que
otorgue su país si es un extranjero) o en su defecto una constancia o
permiso que extenderá la Comisaría de la jurisdicción correspondiente al
establecimiento en el que se pretenda pernoctar.