La Policía llevará un registro en el que constará la ubicación, nombre
del propietario o responsable, denominación del local, número de
inscripción, cantidad de habitaciones para huéspedes, etc., de todos los
establecimientos o locales destinados a hospedaje y de las fincas
particulares que tomen pensionistas o den alojamiento temporario a
personas ajenas al grupo familiar. (Se exceptúan aquellas que cuenten con
habilitación del Ministerio de Salud Pública como Casas de Salud, de
Recuperación u Hogar de Ancianos).