ADECUACION DE DISPOSICIONES RELATIVAS AL MOVIMIENTO DIARIO DE ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAS EN ESTABLECIMIENTOS DESTINADOS A HOSPEDAJE




Promulgación: 25/09/1979
Publicación: 11/10/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 699
Referencias a toda la norma

Artículo 7

  Se faculta a la Policía a efectuar inspecciones oculares en los locales
destinados a hospedaje con el fin de comprobar los movimientos de
población flotante y verificar la identidad de los pasajeros.
Referencias al artículo
Ayuda