FIJACION DE UN PLAZO A LAS CONTADURIAS CENTRALES DE LOS INCISOS 1 AL 26 PARA COMUNICAR A LA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION LOS GASTOS POR CONCEPTO DE INVERSION
Las órdenes de pago que emitan las Contadurías Centrales a partir
del 1º de marzo para cancelar los compromisos a que se refiere el artículo
1º, se liquidarán como Residuos Pasivos de Inversiones.