DECLARACION DE PROMOCION INDUSTRIAL DE ACTIVIDADES QUE GENEREN EMPLEO




Promulgación: 23/11/2009
Publicación: 30/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1656
Referencias a toda la norma
VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 58/009 de 26 de enero de 2009 en
materia de promoción de las industrias electrónica y naval;

CONSIDERANDO: que es necesario aclarar conceptos y especificar la
naturaleza y calidad de los requisitos exigidos en la antedicha norma para
cada una de las referidas industrias;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº
16.906 del 7 de enero de 1998, y por el decreto Nº 455/007 de 26 de
noviembre de 2007.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Declaración.- Declárense promovidas, al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, las actividades que se detallan a continuación:
Industria Electro-Electrónica, se entenderá por tal la producción de
* componentes electrónicos (componentes activos, componentes pasivos,
  componentes electromecánicos),
* equipos de telemática (telecomunicaciones, informática, equipos de
  oficina electrónicos)
* equipos de electrónica profesional (control e instrumentación,
  electromedicina y equipo industrial, comunicaciones y defensa),
* equipos de electrónica de consumo,
* equipamiento eléctrico industrial y doméstico.
Industria Naval, se entenderá por tal la construcción, mantenimiento y
reparación de embarcaciones y vehículos de transporte acuático, producción
de piezas, subconjuntos o conjuntos para vehículos de transporte acuático.
 (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 127/011 de 01/04/2011 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 532/009 de 23/11/2009 artículo 1.
Referencias al artículo

TABARE VAZQUEZ - RAUL SENDIC - ANDRES MASOLLER
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