PROGRAMA DE CONTROL DEL CANCRO CITRICO




Promulgación: 23/12/2003
Publicación: 08/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1564

Artículo 9

   Los materiales de propagación de citrus realizados en viveros 
comerciales que se movilicen desde el vivero, deberán estar rotulados de 
acuerdo a la normativa vigente y estar acompañados del correspondiente 
remito. En dicho remito se especificará la cantidad por género / especie 
o combinación en caso de plantas injertadas, y el destino de los 
referidos materiales. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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